Bases promoción permanente 2018-05-18T17:44:47+02:00

Asociación de Hosteleros de Aranda y la Ribera

C/ San Esteban 3, 09400 Aranda de Duero, Burgos

Tel.: 947 51 40 45

asohar@asemar.es  /  www.lechazo.es

BASES DE LA PROMOCIÓN PERMANENTE

“Aranda Capital del Lechazo’’

La Asociación de Hosteleros de Aranda y la Ribera (en adelante ASOHAR) es la titular de la campaña de promoción “Aranda Capital del Lechazo”, organizada con el propósito principal de promover y consolidar el posicionamiento de Aranda de Duero como Capital del Lechazo.

Esta campaña se desarrolla en el marco de las Jornadas Gastronómicas del Lechazo Asado de Aranda de Duero, aunque se mantiene vigente durante el resto del año, promoviendo la imagen de Aranda como Capital del Lechazo y destino de turismo gastronómico.

BASES DEL CONCURSO

 1.- PARTICIPANTES: Podrán participar en el concurso todas aquellas personas físicas residentes en España, mayores de 18 años, desde el 20 de Mayo de 2018 y mientras esta promoción esté vigente.

La promoción tendrá lugar bajo la modalidad de “sorteo gratuito”, en las condiciones que más adelante se detallan. El ámbito territorial de la promoción será todo el territorio nacional español.

2.- OBJETIVO: El objetivo principal de la promoción se basa en promover y consolidar el posicionamiento de Aranda como Capital del Lechazo y destino de turismo gastronómico.

Además, se persiguen otra serie de objetivos relacionados que podemos resumir en los siguientes: generando el deseo de consumir lechazo asado en Aranda, aumentar el consumo en nuestros restaurantes asadores, crear una base de datos de clientes reales y potenciales para informarles de nuestras ofertas y promociones, e incrementar el número de seguidores y la interacción en las redes sociales de la Asociación, así como de nuestros establecimientos asociados.

3.- MECÁNICA Y SORTEOS: El método de participación en la promoción es muy sencillo, y consiste en:

  • Cumplimentar un Formulario de Contacto a través de la web (lechazo.es) de ASOHAR, proporcionando los datos de la persona participante.

Esta campaña de promoción se establece con carácter permanente, siendo válida durante todo el año. Se entrega un premio con carácter trimestral. La realización del sorteo se llevará a cabo durante la primera quincena de cada trimestre, considerando los participantes del trimestre anterior, y el nombre de la persona ganadora será publicado en la página web (www.lechazo.es)  de la Asociación así como en sus redes sociales. *NOTA: ASOHAR se reserva la posibilidad de modificar la fecha del sorteo por motivos justificados.

Para determinar el/la ganador/a del premio, se creará un archivo en formato Excel que contenga los datos de todos los usuarios participantes en la promoción, numerados consecutivamente por orden de participación (fecha y hora) y el correo electrónico del participante. La obtención del registro premiado se realizará mediante la función ALEATORIO.ENTRE (1;nº total participantes), esta función elige un número al azar entre el 1 y el número total de participantes. Por tanto, el nombre asignado a ese número en el registro se convertirá en el/la ganador/a del sorteo, el cual deberá cumplir los criterios establecidos.

Se elegirán 3 suplentes utilizando nuevamente la función ALEATORIO.ENTRE, debiendo cumplir el suplente los mismos requisitos requeridos para acceder al premio. Los registros suplentes, por orden de determinación, sustituirán al premiado en el caso de que la persona contactada no responda al correo electrónico en un plazo de 48 horas. En el caso de que el ganador no cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, no sea localizado o no aceptase el premio en el plazo convenido, le sucederá el correspondiente suplente y así sucesivamente. En caso de agotarse los suplentes sin que el premio sea asignado, éste quedará desierto o bien la asociación ASOHAR se reservará el derecho de repetir el sorteo en las mismas condiciones, pero sin contar con los cuatro participantes ya descartados.

ASOHAR conservará los archivos informáticos con la información de todos los participantes que accedan al sorteo, por un plazo de treinta días naturales a contar desde la fecha de publicación de los ganadores del mismo, a fin de poder atender cualquier solicitud de verificación de la participación.

4.- REGISTROS: Se entiende por REGISTRADOS todos aquellos participantes que rellenen el Formulario de Contacto asociado al sorteo y faciliten sus datos a la Asociación.

La participación en la promoción cumplimentando el formulario implicará la aceptación de estas bases, y solo se admitirá una participación por registrado.

5.- PREMIO: Se concederá un premio cada trimestre. El premio consiste en:

2 Menús Aranda Capital del Lechazo + Una botella Magnum Ribera del Duero + 1 Visita para dos personas al Museo Ribiértete + 1 Visita para dos personas a las antiguas bodegas subterráneas de Aranda  de Duero.

El premio deberá ser disfrutado por el ganador/a en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de adjudicación del mismo.

6.- COMUNICACIÓN DE RESULTADOS DEL SORTEO: La persona premiada será la titular que figure asociada al número obtenido en el sorteo y su cuenta de correo electrónico. Una vez efectuado el sorteo (durante la primera quincena de cada trimestre), ese mismo día se enviará un correo electrónico al titular que haya resultado afortunado, comunicándole su estado de ganador y los términos y condiciones para disfrutar de su premio. También se publicará el resultado en la página web y redes sociales de ASOHAR.

7.- ENTREGA DEL PREMIO: Para recibir el premio, se identificará al ganador por el DNI o NIE, el cual debe demostrar que es mayor de edad y cumple todos los requisitos exigidos en las presentes bases. El premio se comunicará al ganador a través del correo electrónico proporcionado por éste, que figurará en la correspondiente base de datos de ASOHAR asociada a esta promoción.

El premio no es canjeable por efectivo ni tampoco existe la posibilidad de transferir el premio a otra persona que designe el premiado. En caso de no aceptar o rechazar el premio, éste será transferido al primer suplente o sucesivos tal y como se ha detallado previamente.

Una vez aceptado, el/la ganador/a podrá escoger la fecha para disfrutar de su premio, efectuándose la reserva correspondiente en los distintos establecimientos, siempre dentro del intervalo propuesto (3 meses desde la fecha de adjudicación) y sujeto a disponibilidad. ASOHAR correrá con todos los gastos asociados de las actividades y/o productos que se incluyen en el premio, de manera que cualquier gasto adicional como transporte etc. quedará a cargo de la persona premiada.

8.- FISCALIDAD: Al premio del presente sorteo le será de aplicación la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento; el Real Decreto 2069/1999, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real Decreto 3059/1966, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 75.3.f del Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, modificado por el Real Decreto 633/2015, de 10 de julio, los premios derivados de sorteos por valor inferior a 300,00 euros no se encuentran sujetos a retención a cuenta del IRPF.

9.- PROTECCIÓN DE DATOS: en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal se comunica al participante que la mera participación en esta promoción supone su consentimiento para que la asociación ASOHAR incorpore en ficheros de su titularidad sus datos de carácter personal, de los que será responsable con la finalidad de gestionar la participación en el presente sorteo.

Los participantes podrán dirigir sus comunicaciones y ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos personales, dirigiéndose por escrito con indicación de nombres y apellidos a la sede de ASOHAR ubicada en el municipio de Aranda de Duero (C/ San Esteban 3, 09400 Aranda de Duero, Burgos).

10.- UTILIZACIÓN PUBLICITARIA DEL NOMBRE E IMAGEN DE LA PERSONA GANADORA: A los efectos de la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la propia Imagen, se establece que la simple aceptación del premio por parte de la persona ganadora implicará necesariamente que autoriza a ASOHAR a utilizar publicitariamente su nombre, apellidos e  imagen en el material publicitario relacionado con la presente promoción, sin que por ello tenga derecho a remuneración u obtención de beneficio alguno diferente del premio.

11.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES: Por el mero hecho de participar en la presente promoción, se entiende que los participantes aceptan sus bases. La aceptación de los premios implica la total aceptación de estas normas, así como el otorgamiento de su consentimiento expreso de lo contenido en ellas, y el criterio con que la asociación ASOHAR resuelva cualquier cuestión relacionada con esta promoción.

Las bases se encontrarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas en la sede de ASOHAR (C/ San Esteban 3, 09400 Aranda de Duero, Burgos) y publicadas de manera online en su página web (www.lechazo.es).

12.- ASOHAR se reserva el derecho a modificar estas bases, así como a suspender esta promoción o a ampliarla en el momento en que considere oportuno o por causas de fuerza mayor.

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